19 noviembre, 2016

En defensa del Español ¡Continuamos! (Posted by "mi vida en una maleta")

Carolina es una madre coraje. Habló con su hijo sobre la idea de defender su lengua materna en la escuela. Esto es lo que pasó: 

Le expliqué que podíamos pedir por escrito la aplicación de los dictámenes en relación a la enseñanza en español en Cataluña, tanto del Tribunal Constitucional, como del Tribunal Supremo y también por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pero que eso podía a su vez tener costes. La respuesta de mi hijo, como la mencioné en aquella entrada del 31/08/2015fue “si está en la ley, que se cumpla, yo no tengo problemas”. Recuerdo haber titulado erróneamente el artículo de ese día “Perdiendo el miedo”, dos semanas más tarde narraba como “ese miedo” sí estaba conmigo y había sido mi compañero de viaje mientras entregaba la carta en el Instituto donde mi hijo cursa estudios y en el Ayuntamiento de la localidad de Cataluña donde vivo.

  Como lo he señalado y es algo que repito constantemente, es un absurdo mayúsculo que, siendo el español la lengua la vehicular y co-oficial de todo el Estado debamos exigir que nuestros hijos cursen el “porcentaje mínimo” de clases a la semana, que está estipulado por el Ministerio de Educación actual en un 25%. Y aún más, somos nosotros, los ciudadanos de a pie, sin el menor amparo del Gobierno de España ni sus instituciones, quienes hemos de solicitar ante las instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña que se cumplan estos los mínimos legales. Sin duda, de traca.

 He de relatarles, e intentaré ser breve, lo que ocurrió posterior a ello. 
Casi inmediatamente de la entrega de la comunicación en el Instituto, fui llamada a una reunión a mediados de octubre del año pasado, cuando iniciaba el año escolar, la que se llevó a efecto con el Director del mismo y la Jefe de Estudios. 
 Allí, otra vez sola me planté con mi carta y los dictámenes en los que me basaba. He de decir que todo transcurrió educada y cortésmente, pero sentía como ellos me invitaban “de forma sutil” a declinar mi solicitud, pues cumplían con las instrucciones del ‘Departament d’Ensenyament’ de la Generalidad de Cataluña. Con lo cual, no incumplían con ninguna ley o dictamen. Además de ello, mi hijo, quien dominaba ambas lenguas, no había tenido problema alguno en las clases de castellano. De cualquier forma, se ofrecieron a realizar evaluaciones a fin de estar al tanto de cualquier eventualidad al respecto, y que sería debidamente informada. Así mismo, todas comunicaciones dirigidas a mi casa, como padres y tutores legales, estarían en castellano. 
 Para que no se me pase lo importante, desde la dirección del Instituto me enviaron vía correo electrónico, según ellos, el “acta de la reunión mantenida”, que os “cuelgo” una parte de ella:
  Explican que nunca han impuesto el uso de una lengua u otra al profesorado del centro, que el uso de la lengua, tanto entre el alumnado como entre el profesorado, se hace de manera natural según la lengua con la que mejor se expresa cada persona y que el actual modelo proporciona el equilibrio de resultados deseado. En cualquier caso, que en un curso académico haya menor o mayor número de horas de clase impartidas en una lengua u otra, responde a la casuística del profesorado que imparte clases en el grupo.

  A lo que respondí literalmente: “echo en falta dos puntos, el primero, la razón de la misma que es la carta que os envié en relación al cumplimiento de los mínimos legales, con relación al dictado de castellano en el curso de mi hijo. La segunda, en el mismo sentido, vuestra respuesta reiterada que ‘ensenyament’ no les exigía tal cumplimiento y, que ustedes como centro, tomaban la decisión en relación a los resultados que vosotros teníais. Os agradecería que esto se reflejara en el acta porque fue algo en lo que insistí durante toda la reunión.”

 Entretanto, el Ayuntamiento, quienes recibieron la misma carta y en igual fecha que el instituto, me hizo llegar una comunicación en la tercera semana de octubre de 2015, donde me informaban que mi solicitud se enviaría a los ‘Serveis Territorials’ de la Generalidad de Cataluña, “órgano competente para resolver en dicha materia”. Sin embargo, no es sino hasta el 27 de junio de este año, 2016, cuando el curso escolar había finalizado, que recibo una respuesta del ‘Departament d’Ensenyament’.
 
  A continuación, de nuevo, para no omitir lo importante de esta comunicación, os "cuelgo" dos partes de la misma: 

 La educación debe hacerse para todo el grupo-clase sin aplicar la atención individualizada al alumno; b) asegurar que las comunicaciones que se dirijan a la familia del citado alumno se hagan también en castellano; c) adecuar las señalizaciones del centro para que, al menos, estén en los idiomas oficiales, en castellano y en catalán: d) impartir otras asignaturas en lengua extranjera, además de la correspondiente a la enseñanza de ese idioma”.

  El régimen lingüístico del sistema educativo de Cataluña está expresamente regulado en el Título II de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2009, de 10 de julio, de Educación (LE). Los preceptos más significativos en materia de lengua en la enseñanza son los artículos 10.1, 11, 13, 15, así como el artículo 57.4, del Título V, en materia curricular, los cuales no han sido impugnados ante el Tribunal Constitucional.
 Este régimen lingüístico es plenamente respetuoso con el régimen de cooficialidad, persigue la consecución de las plenas competencias lingüísticas del alumnado de Cataluña en ambas lenguas, en los términos del artículo 10.1 LE: “Los currículos deben garantizar el pleno dominio de las lenguas oficiales catalana y castellana al finalizar la enseñanza obligatoria...”, y cumple las sentencias del Tribunal Constitucional núm. 337/94 y 31/2010, según las cuales es legítimo que el catalán, para alcanzar el objetivo de la normalización lingüística¨ en Cataluña, sea el centro de gravedad del modelo, siempre que no se excluya el castellano como lengua docente.

  Resuelvo:
  1. Desestimar la solicitud de modificación del régimen lingüístico del sistema educativo, dado que el régimen lingüístico de aplicación al sistema educativo de Cataluña es el establecido en la Ley 12/2009, de 10 de julio de educación.
  2. Estimar que las comunicaciones, circulares y cualquier otra documentación, oral y escrita, que sean dirigidas a la familia del solicitante por el centro escolar y la administración educativa, se realicen también en lengua castellana, en el supuesto de que solo se hagan en lengua catalana.
 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, la persona interesada puede interponer recurso contencioso administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación, según el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


  Así pues, luego de usar artilugios legales, me invitan "cordialmente" a usar las vías judiciales para solicitar el derecho a que se cumplan las leyes de España. Por lo que ante la imposibilidad cierta de actuar como persona anónima ante las autoridades catalanas, quienes siempre resolverán a favor del secesionismo y sus formas, no nos queda otra que seguir dando la batalla, pero en pequeño, en nuestro ámbito. Y he de decir que hemos ido ganando algún terreno, como dice la comunicación y los mencionados en la reunión en el instituto. Os cuento: 

  • Ante la solicitud de las comunicaciones en castellano/español, todas se han ido cumpliendo. Este año en concreto, cuando ha habido cambio de tutor, luego de recibir comunicaciones en catalán que debía firmar, a lo que me negué, enviando una simple nota para recordar los “acuerdos alcanzados”, a la semana siguiente, con disculpa de por medio, me fueron enviadas debidamente en castellano. 
  • Además, en virtud que por mi horario de trabajo no puedo asistir a las reuniones a media tarde, que planifica el instituto, solicité, como cada año una reunión con la tutora, reunión realizada en español, y le recordé estos acuerdos. 
  • Así mismo, en todas las reuniones y comunicaciones desde y para el instituto el idioma que se usa es el español, sin problema alguno.
  • Continúo vigilante del uso correcto del idioma español, y ante cualquier fallo, por acuerdo mutuo, deberán usar cualquier vía para que mi hijo mantenga, lo mejor posible, el nivel de su lengua materna, la segunda más importante del mundo. 


 Quiero acotar un hecho “curioso”, por darle algún nombre. Cada año, el instituto planifica intercambios con otros de varios países de Europa, para el mejoramiento de sus alumnos en dos lenguas concretas, inglés y alemán. Cuando los chicos de los países visitantes están en el instituto, todas las clases se dictan en castellano. Mi hijo, a quien luego de casi 12 años en este sistema, le resulta extraño escuchar a la ‘cap de estudis’ hablar en castellano, y más, sus apuntes los hace en catalán siendo Él castellanohablante… cosas de esta, mi Cataluña bilingüe y diferente donde el castellano sigue siendo tratado como lengua extranjera, mientras se usa 'la llengua' para adoctrinar y enseñar una falsa historia, con falsos héroes y falsos hechos, impunemente contra España.
Quiero terminar con las sabias palabras de mi buena amiga y compañera de lucha, @Mazelmind Autora del blog Mazelmind.wordpress:

Aquí nos tendrán enfrente a las familias y a quienes nos representan. Y no nos vamos a cansar de insistir en evitar que quiten sus sucias manos de las cabezas de nuestros hijos."